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A. 270/17
Aclaración de votoAuto A. 270/1714 de junio de 2017

Aclaración de voto

MagistradosCristina Pardo Schlesinger·Iván Humberto Escrucería Mayolo

Aclaración conjunto de Cristina Pardo Schlesinger y Iván Humberto Escrucería Mayolo — comparten un mismo texto.
Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado

ACLARACIÓN DE VOTO DE LA MAGISTRADA CRISTINA PARDO SCHLESINGER AL AUTO 270 17Referencia: Solicitud de nulidad de la Sentencia T-525 de 2016Magistrado Ponente (e): Iván Humberto Escrucería MayóloLa suscrita magistrada acompañó la decisión de la Sala Plena, respecto de rechazar la nulidad de la sentencia T-525 de 2016, solicitada por Colpensiones, en el entendido que se trató de una petición extemporánea (2 meses después de notificada la sentencia) lo cual imposibilitó su análisis de fondo.Aunque, con el debido respeto por la mayoría, considero necesario aclarar mi voto en cuanto a que la sentencia atacada puede estar desconociendo la jurisprudencia constitucional en materia de: (i) definición de familia, familia extensa, hijos de crianza, entre otros, teniendo en cuenta que está redefiniendo conceptos que incluyen derechos y obligaciones entre padres e hijos; (ii) familia de crianza específicamente en la necesidad de la inexistencia de vínculo de consanguinidad; (iii) requisitos y beneficiarios de las prestaciones pensiónales, como la pensión de sobrevivencia o sustitución pensional, por cuanto está modificando los beneficiarios y el orden de prelación legalmente expreso; y (iv) desconocimiento de la libertad de configuración del legislador que es el competente para definir reglas y requisitos dentro del sistema general de seguridad social.De tal manera que, si el examen de procedencia de la nulidad se hubiese podido superar, la Corte debió estudiar los argumentos presentados por el solicitante y tomado una decisión de fondo respecto de un posible desconocimiento del precedente constitucional.Fecha ut supra,CRISTINA PARDO SCHLESINGERMagistrada